lunes, 10 de septiembre de 2012

Actualización de valores de autónomos a partir de Septiembre 2012 - Nuevas credenciales disponibles



Cada vez que nos enteramos del alza a los jubilados debemos saber que aumenta el régimen de jubilación autónomo en la misma cuantia, por lo tanto, informamos que los valores para las categorías son los siguientes a partir de 09-2012 a 02-2013 ( Se pagan los nuevos valores mes vencido).

Categoría
Aportes
Tabla
Actividad
Ingresos brutos
2011
2012
Marzo
Septiembre
Marzo
Septiembre
Desde
Hasta
I
$ 227,76
$ 266,07
$ 312,96
$ 348,70
II
Profesiones, oficios, productores de seguro y demás locaciones y prestaciones de servicios.
$ 20.000
III
Otros sujetos que no realicen prestaciones de servicios ni sean directores o administradores de sociedades (no incluidos en las tablas I y II).
$ 25.000
IV
Afiliados voluntarios: miembros de consejos de administración de cooperativas que no perciban retribución alguna, titulares de condominios y de sucesiones indivisas que no ejerzan la dirección, administración o conducción de la explotación común, miembros religiosos, profesionales universitarios que aporten en cajas especiales, amas de casa, etc.
II
$ 318,86
$ 372,49
$ 438,13
$ 488,16
II
Profesiones, oficios, productores de seguro y demás locaciones y prestaciones de servicios.
$ 20.001
III
Otros sujetos que no realicen prestaciones de servicios ni sean directores o administradores de sociedades (no incluidos en las tablas I y II).
$ 25.001
III
$ 455,52
$ 532,14
$ 625,90
$ 697,38
I
Personas físicas que realicen la dirección, administración o conducción de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo.
$ 15.000
IV
$ 728,84
$ 851,43
$ 1.001,45
$ 1.115,81
$ 15.001
$ 30.000
V
$ 1.002,15
$ 1.170,71
$ 1.376,98
$ 1.534,23
$ 30.001

 
Con el nuevo aumento, los límites mínimo y máximo de la base imponible para el cálculo de los aportes y contribuciones al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), para el período devengado septiembre de 2012, serán los siguientes:
  • Límite mínimo: $ 653,80.
  • Límite máximo: $ 21.248,

Asimismo ya figuran las nuevas credenciales para imprimir y pagar en el sistema registral entrando en la página de AFIP.

 

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